Estimados clientes y amigos:
Por considerarlo un tema de interés ponemos a su consideración aspectos relevantes a recordar sobre las pasantías en Ecuador para el año 2017:
El nuevo Acuerdo, emitido por el Ministerio del Trabajo, busca unificar la normativa que regula las pasantías. Entre las regulaciones más importantes de este acuerdo están:
1.- Pueden ser contratado como pasante los estudiantes regulares de una Institución de Educación Superior o quienes hayan culminado la malla curricular sin obtener el título hasta un máximo de 18 meses.
2.- Las pasantías no originan relación laboral por ello no perciben beneficios laborales ni son sujetos de indemnización a la terminación del contrato. Previo al ingreso del pasante debe suscribirse un convenio con la Universidad en la que se encuentra matriculado el pasante y posterior a ello el contrato de pasantía.
3.- El contrato de pasantía deberá contener, al menos, la siguiente información:
- Estipendio mensual: El pasante recibirá, mensualmente, un reconocimiento económico que no podrá ser menor a un tercio del salario básico unificado; esto es de $125 para el año 2017.
- Duración de la pasantía: Las pasantías no podrán prolongarse por más de 6 meses. Caso contrario, generaran relación de dependencia.
- Afiliación al IESS: Los pasantes serán afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. La empresa aportará en su totalidad lo correspondiente a la afiliación sobre el equivalente al salario básico unificado vigente.
- Jornada y horario de la pasantía: la jornada será de entre 4 y 6 horas, con un máximo de 30 horas a la semana que podrán distribuirse de manera flexible en los cinco días de la semana.
- Lugar de la pasantía: deberá indicarse el lugar en donde se va a llevar a cabo la pasantía.
- Actividad: Deberá indicarse el detalle de la actividad a realizar por el pasante.
- Causas de terminación.
4.- Las empresas con más de 100 trabajadores estables y permanentes están obligadas a contar con un número de pasantes no menor al 4% del total de sus trabajadores que tengan título profesional otorgado por una institución de Educación Superior. El porcentaje se calculará respecto de los trabajadores que la empresa tenía al inicio del año fiscal y se podrá cumplir en cualquier época del año. En el primer y segundo año la vinculación de pasantes será del 2%, el tercer año será del 3%, hasta llegar al 4% en el cuarto año.
5.- Las empresas tienen las siguientes obligaciones con respecto a los pasantes: • Las empresas deberán enviar el listado de las y los estudiantes seleccionados para realizar pasantías al Ministerio del Trabajo, con su respectivo registro y control.
6.- La empresa realizará una evaluación al finalizar el período de la pasantía en términos de experiencia y desempeño en sus actividades como pasante.
7.- La empresa entregará un certificado de culminación de las pasantías en el que se indicará la duración, la jornada y las actividades realizadas.
8.- Las empresas deberán realizar, mientras esté en curso la pasantía, al menos un evento de sensibilización a los pasantes en temas relacionados al acceso y sostenibilidad del empleo, con su respectivo certificado de participación, para lo cual podrán requerir el apoyo del Ministerio del Trabajo.
Atentamente,
Edison Páez, CPA
Gerente General
AdvanceAudit Auditoria & Contabilidad C.L.
Fuente: Acuerdo Ministerial 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 51 de 4 de agosto de 2017